Cuanto antes actúa una empresa en dificultades, más soluciones tiene. Negociación con los acreedores, procedimiento amistoso y confidencial, salvaguarda o concurso: MOSAIK ayuda a los administradores a elegir la vía adecuada y defiende a los acreedores que deben hacer valer sus derechos.

El despacho interviene ante el tribunal de actividades económicas (tribunal des activités économiques) o el tribunal de comercio competente, junto a administradores, socios y acreedores, en cada etapa: antes de las dificultades, durante el procedimiento y después de la resolución.
Anticiparse: negociar antes de que sea tarde
Las primeras señales de dificultad (tesorería ajustada, deudas sociales o fiscales que se acumulan, alquileres atrasados) exigen una reacción rápida. En esta fase, muchas situaciones aún se resuelven mediante la negociación:
- calendarios de pago negociados con la URSSAF y la administración tributaria, en particular ante la CCSF, la comisión de jefes de los servicios financieros del Estado;
- recurso al CODEFI, el comité departamental que examina los problemas de financiación de las empresas;
- conversaciones con los bancos, los proveedores y el arrendador para obtener plazos o una reprogramación de la deuda.
Cuando un acreedor impagado demanda a la empresa para que se abra un procedimiento de redressement o de liquidación, MOSAIK defiende su posición en la audiencia y negocia con el acreedor un calendario de pagos que lo lleve a desistir de su demanda.
Los procedimientos amistosos y la salvaguarda
Sin esperar a la cesación de pagos, el administrador puede solicitar al presidente del tribunal la designación de un mandataire ad hoc o la apertura de una conciliación. Estos procedimientos son confidenciales: un profesional designado por el tribunal reúne a los principales acreedores y facilita la celebración de un acuerdo, sin que los socios comerciales de la empresa tengan conocimiento de ello.
Cuando la negociación no basta, el procedimiento de salvaguarda, abierto a la empresa que no está en cesación de pagos, suspende las ejecuciones individuales de los acreedores y, en principio, detiene el devengo de intereses. La empresa dispone entonces de un periodo de observación para elaborar un plan de pago de su pasivo sin interrumpir su actividad.
La cesación de pagos: redressement o liquidación
Una empresa está en cesación de pagos cuando ya no puede hacer frente a sus deudas exigibles con su activo disponible, lo que antes se denominaba en Francia «presentar el balance». El administrador debe entonces solicitar la apertura de un procedimiento en un plazo de cuarenta y cinco días.
MOSAIK prepara la solicitud con él, en función de la viabilidad de la actividad y de sus objetivos: redressement judicial si la empresa puede salvarse, liquidación judicial en caso contrario. Durante todo el procedimiento, el despacho:
- representa a la empresa y a su administrador ante el tribunal, el juez comisario, el administrador judicial y el mandatario judicial;
- verifica e impugna los créditos comunicados;
- solicita las prórrogas del periodo de observación que convengan a la empresa;
- prepara el plan de continuación o acompaña la oferta de adquisición en un plan de cesión;
- defiende los intereses propios del administrador y de los socios, en particular sobre la fecha de cesación de pagos y los actos del periodo sospechoso.
La responsabilidad del administrador
La insolvencia de la empresa puede volverse contra su administrador. Los órganos del procedimiento o el ministerio fiscal pueden ejercer contra él:
- una acción de responsabilidad por insuficiencia de activo, que pretende que asuma la totalidad o parte de las deudas sociales;
- sanciones profesionales: quiebra personal o inhabilitación para administrar;
- acciones penales, en particular por quiebra fraudulenta (banqueroute).
MOSAIK defiende al administrador en estos procedimientos, así como frente al banco cuando este pretende ejecutar la fianza que otorgó para garantizar las deudas de la sociedad.
Acreedores: hacer valer sus derechos
Cuando un cliente o un socio comercial es objeto de un procedimiento concursal, los plazos son breves y el menor descuido puede costar el crédito. El despacho asiste a los acreedores para:
- comunicar su crédito dentro de plazo y defenderlo si se impugna;
- solicitar el levantamiento de la preclusión cuando se ha dejado pasar el plazo de comunicación;
- reivindicar las mercancías de las que siguen siendo propietarios, en particular gracias a una cláusula de reserva de dominio;
- hacer valer sus garantías;
- ser designados controladores, para seguir de cerca el desarrollo del procedimiento.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo hay que solicitar la apertura de un procedimiento concursal?
En Derecho francés, el administrador de una empresa en cesación de pagos debe solicitar la apertura de un procedimiento de redressement o de liquidación judicial en un plazo de cuarenta y cinco días, salvo que haya solicitado una conciliación dentro de ese plazo. Es preferible consultar antes: mientras la empresa no esté en cesación de pagos, siguen abiertos el mandat ad hoc, la conciliación y la salvaguarda.
¿Son realmente confidenciales los procedimientos amistosos?
Sí. El mandat ad hoc y la conciliación se desarrollan bajo la supervisión del presidente del tribunal, sin publicidad: ni los clientes, ni los proveedores, ni los competidores tienen conocimiento de ellos. Esto permite negociar con los acreedores sin deteriorar la confianza de los socios comerciales.
¿Puede el administrador responder personalmente de las deudas de la sociedad?
En algunos casos. En una liquidación judicial, el tribunal puede imponer al administrador la totalidad o parte de la insuficiencia de activo si cometió una falta de gestión que contribuyó a ella, quedando excluida la simple negligencia. El administrador que se constituyó en fiador debe además preparar su defensa frente al banco.
¿Cuál es el plazo para comunicar un crédito?
Dos meses desde la publicación de la resolución de apertura en el BODACC, el boletín oficial, ampliado en dos meses para los acreedores establecidos fuera de la Francia metropolitana. Transcurrido ese plazo, todavía es posible solicitar el levantamiento de la preclusión, en un plazo de seis meses y en condiciones estrictas.

