Abogado blockchain
MOSAIK acompaña a los fundadores de proyectos blockchain, a los emisores de tokens, a las plataformas de intercambio y a los inversores en la estructuración y la seguridad jurídica de sus actividades.

Nuestra oficina de Hong Kong, en el segundo hub cripto regulado de Asia, nos da acceso directo al régimen de la Securities and Futures Commission (SFC) y al marco VATP aplicable a las plataformas de intercambio de criptoactivos. Ello nos permite coordinar, como un único equipo integrado, las estrategias de licencia europeas (MiCA / PSCA) y asiáticas para los proyectos con dimensión transcontinental.
Un marco regulatorio en construcción
La blockchain no conoce fronteras, pero las regulaciones varían de una jurisdicción a otra. En Francia y en la Unión Europea, varios textos regulan hoy estrechamente las actividades sobre criptoactivos:
- El reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets), aplicable desde 2024, armoniza a escala europea las normas que rigen la emisión y la negociación de criptoactivos, junto con las medidas de nivel 2 de la ESMA/EBA (RTS/ITS) desde 2025 y el régimen piloto DLT (Reglamento 2022/858);
- El estatuto francés PSCA (proveedor de servicios sobre criptoactivos, sucesor del régimen PSAN), que somete a las plataformas de intercambio y a los proveedores de servicios a obligaciones de registro, de control interno y de prevención del blanqueo de capitales;
- El RGPD, aplicable a los tratamientos de datos personales realizados en el marco de proyectos blockchain, incluso en cadenas públicas.
Anticipar estas exigencias desde la fase de diseño de un proyecto es mucho más eficaz, y menos costoso, que corregir los problemas a posteriori.
Nuestras áreas de práctica
Estructuración jurídica de proyectos blockchain
Asesoramos a fundadores y desarrolladores en la estructuración jurídica de su proyecto: elección de la forma societaria, mecanismos de gobernanza, redacción de los documentos constitutivos y de las condiciones de uso, y estructuración de las relaciones con colaboradores y socios.
Emisión de tokens: ART/EMT bajo MiCA, RWA (activos del mundo real), tokenización de fondos
La emisión de tokens digitales plantea cuestiones complejas en cuanto a su calificación jurídica (utility, security, dinero electrónico) y a las obligaciones de información a los inversores. Le ayudamos a estructurar su emisión conforme al marco jurídico, redactando los documentos necesarios (whitepaper, condiciones de emisión, folleto cuando sea exigible).
Obtención de la autorización PSCA
Las plataformas de intercambio y los proveedores de servicios sobre criptoactivos deben registrarse ante la AMF (Autorité des marchés financiers, autoridad francesa de los mercados financieros) y la Banque de France (banco central francés). Asistimos a los solicitantes durante todo el procedimiento: preparación del expediente, interlocución con las autoridades de supervisión y puesta en conformidad previa.
Cumplimiento normativo y protección de datos
Implantamos dispositivos conformes con el RGPD para los proyectos blockchain que impliquen el tratamiento de datos personales, teniendo en cuenta las particularidades técnicas de las blockchains públicas y privadas. También asesoramos sobre los dispositivos de prevención del blanqueo de capitales (KYC/AML) y sobre el cumplimiento de la DAC8.
Contencioso y litigios
En caso de conflicto, ya sea con inversores, socios o usuarios, nuestro equipo le asiste en la gestión del contencioso: redacción de requerimientos formales, procedimientos de urgencia, arbitraje internacional.
Riesgos jurídicos que conviene anticipar
- La calificación de los activos digitales: según su naturaleza, los tokens pueden quedar sujetos a la regulación financiera, al derecho de valores o a un régimen sui generis. Una calificación errónea le expone a sanciones importantes;
- El incumplimiento de la regulación: prestar servicios sobre criptoactivos sin autorización constituye un delito;
- Los conflictos contractuales entre las partes implicadas en un mismo proyecto, frecuentes a falta de una documentación jurídica sólida;
- La protección de la propiedad intelectual sobre los protocolos, el código fuente y las creaciones asociadas, en particular en el ámbito de los NFT.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el reglamento MiCA y se aplica a mi proyecto?
MiCA es el primer marco regulatorio europeo unificado aplicable a los emisores de criptoactivos y a los proveedores de servicios sobre estos activos. Su ámbito de aplicación es amplio, pero determinadas actividades quedan fuera de él (en particular los NFT no fraccionables y los protocolos de finanzas descentralizadas). Resulta imprescindible un análisis caso por caso.
¿Está mi proyecto de NFT sujeto a la regulación financiera?
No necesariamente. La calificación jurídica de un NFT depende de sus características intrínsecas. Si representa una fracción de un activo o confiere derechos financieros a su titular, puede recalificarse como instrumento financiero. Se recomienda encarecidamente una auditoría jurídica previa.
¿Cuáles son las sanciones por incumplir la regulación de los criptoactivos?
Las sanciones pueden ser administrativas (multas, requerimientos, retirada de la autorización) o penales (penas de prisión, inhabilitación profesional). La AMF (autoridad francesa de los mercados financieros) y la Banque de France disponen de amplias facultades de supervisión y de sanción.
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